15.12.05

CONTAMINACIÓN A DOS RUEDAS

Buena prueba de que los ruidos constituyen contaminación lo avalan las sentencias de 9 de diciembre de 1994 del Tribunal Europeo de DD.HH. y la recientes del Tribunal Constitucional en cuanto a los ruidos transmitidos por bares o disco-pubs. Basadas en éstas, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María a indemnizar a un vecino al "concurrir un fenómeno de contaminación acústica" con motivo del ruido producido por la motorada de 2001. Motoradas que vienen sucediéndose año tras año, con ocasión del Gran Premio de Motos de Jerez.


La afluencia es tal, que la población se duplica por tal fenómeno, donde las aceleraciones en punto muerto y carreras se suceden con total impunidad en el eje neurálgico de la ciudad (Ribera del Marisco y Micaela Aramburu). Si la norma acústica de la edificación obliga a un aislamiento global en fachadas mayor de 30 dBA, considerados los 45 decibelios como nivel acústico límite en el interior de las viviendas. Siendo 70 decibelios los acreditados en la vivienda, cuales no serían los de la calle.


Es lenta la jurisprudencia, pero firme a la hora de ir avanzando en los derechos de los ciudadanos. El descanso es uno de ellos, seriamente afectado por la contaminación acústica, de la que estas motoradas son un ejemplo. A la hora de prohibiciones y bandos municipales, valga el dicho "mucho ruido y pocas nueces". Es hora de las nueces y la eliminación de los ruidos, que sin ellos la gente se entiende.


Valga este toque de atención, a una ciudad permisiva en beneficio del turismo. Los vehículos de dos ruedas, como todos, no sólo contaminan por combustión sino también acústicamente. Buena prueba de ello lo da esta ejemplar sentencia.



http://www.diariobahiadecadiz.com/portileercartadirector.htm

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