5.3.06

LA LEY DE IGUALDAD Y LA CUSTODIA COMPARTIDA (LA RAZÓN/RC/DSXXI)

La Ley de Igualdad y la custodia compartida
José Carlos Navarro - Mérida (Badajoz).
Es escasamente discutible que las leyes sin apoyo de todos los colectivos sociales, empresariales, profesionales, políticos y demás asociaciones a las que afecten, están abocadas al fracaso. La Ley de Igualdad previsiblemente es una de ellas, en donde la principal patronal empresarial no está en absoluto de acuerdo. La igualdad en la ley no tiene discriminación de sexo, la cuota sexual sí puede tener discriminación por capacidad o mérito. La presente legislatura ha primado a colectivos minoritarios entre los que se encuentran las asociaciones feministas, que están llevando la voz cantante en lo que se llama ingeniería social, supuestamente de igualdad. Una de estas asociaciones, Mujeres Juristas Themis, aportadoras de ideas en el anteproyecto de Ley de Igualdad matiza que hay aspectos mejorables en «los planes de igualdad en la empresa privada» o «la protección de la mujer en el medio rural». Consideran en general positiva la ley, sobre todo «como las que tienen que ver con la conciliación de la vida familiar y laboral». Haciendo memoria, contradicen la promesa cumplida del Gobierno en la tramitación de la ley del divorcio, a ésta y el conjunto de asociaciones feministas. Me refiero a legislar haciendo imposible la «Custodia Compartida» y eliminación de la «Mediación Familiar Obligatoria» cuando no haya acuerdo en el divorcio. La igualdad no puede partir de la discriminación a uno de los sexos siendo llamativo que se apele a la conciliación de la vida familiar y laboral, por quienes no quieren conciliación alguna mediante los dos sistemas anteriormente citados. La igualdad que no entienda esto conduce al fracaso del sistema social, constituyéndose en confrontación. Alteridad y complementariedad del hombre y la mujer es la fórmula, el resto es ingeniería social y para el presente caso, ingeniería socio empresarial.
 
 
 
 

No hay comentarios: